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27 noviembre 2013

NÓMINA DEL AUTÓNOMO COLABORADOR

El autónomo colaborador, como hemos indicado, es un familiar directo que convive y trabaja con habitualidad en la actividad junto con el autónomo principal.

El autónomo colaborador puede o no, recibir una remuneración por parte del titular de la actividad.

Suponemos que percibe una remuneración de 600 euros brutos mensuales y, además el titular de la actividad paga el cupón de autónomos del autónomo colaborador. De acuerdo con esto, mensualmente tendrá que registrarse la remuneración en una nómina. En este caso suponemos que el porcentaje de retención calculado en función de los rendimientos previstos es el 5%.
El autónomo principal podrá deducirse como gastos de personal de sus rendimientos de la actividad el importe satisfecho (en este caso 728,79 euros mensuales).
El autónomo colaborador deberá declarar el mismo importe en su declaración de IRPF en el apartado rendimientos del trabajo.

La nómina sería la siguiente:
EMPRESA
ANTONIO


TRABAJADOR
LUISA

DOMICILIO



NIF

Nº S.S

CIF



CATEGORIA


CCC



GRUPO COTIZACION


Periodo liquidación




Nº días

I. DEVENGOS





TOTALES
1. Percepciones salariales



600

Salario base







Complementos salariales





Horas extraordinarias






Gratificaciones extraordinarias





Salario en especie




128,79

2. Percepciones no salariales





Indemnizaciones o Suplidos













Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social











Otras percepciones no salariales















A. TOTAL DEVENGADO



728,79
II. DEDUCCIONES






1. Aportaciones del trabajador a las cotizacones a la S.S y recaudación conjunta





Porcentaje



Contingencias comunes

0,00
4,70%

0,00

Desempleo


0,00
1,55%

0,00

Formación Profesional

0,00
0,10%

0,00

Horas extras Normales

0,00
4,70%

0,00

Horas extras de FMayor


2,00%

0,00

TOTAL APORTACIONES




0,00









2. Irpf

728,79

5,00%

36,44

3. Anticipos







4. Valor de los productos recibidos en especie


128,79

5. Otras deducciones








B. TOTAL A DEDUCIR


165,23



LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B)


563,56


Firma y sello de la empresa
Fecha

Recibi
DETERMINACION DE LAS BASES DE COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL E IRPF
1. Base de cotización por contingencias comunes




Remuneración mensual






Prorrata pagas extras







TOTAL


0,00

0,00
2. Base de cotización por contingencias profesionales y recaudación conjunta

0,00
3. Base de cotización por horas extras normales



0,00
4. Base de cotización por horas extras fuerza mayor




5. Base sujeta a retención del Irpf




728,79


En un segundo caso suponemos que el autónomo colaborador percibe una remuneración de 600 euros mensuales, pagándose por su cuenta su cupón de autónomos.

En este caso el autónomo titular de la actividad podría deducirse de los rendimientos de la actividad, como gastos de personal el importe bruto satisfecho (600 euros mensuales) mientras que el colaborador deberá declarar dicho importe como rendimientos del trabajo en su declaración de IRPF.

La nómina sería la siguiente:

EMPRESA
ANTONIO


TRABAJADOR
LUISA

DOMICILIO



NIF

Nº S.S

CIF



CATEGORIA


CCC



GRUPO COTIZACION


Periodo liquidación




Nº días

I. DEVENGOS





TOTALES
1. Percepciones salariales



600

Salario base







Complementos salariales





Horas extraordinarias






Gratificaciones extraordinarias





Salario en especie






2. Percepciones no salariales





Indemnizaciones o Suplidos













Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social











Otras percepciones no salariales















A. TOTAL DEVENGADO



600,00
II. DEDUCCIONES






1. Aportaciones del trabajador a las cotizacones a la S.S y recaudación conjunta





Porcentaje



Contingencias comunes

0,00
4,70%

0,00

Desempleo


0,00
1,55%

0,00

Formación Profesional

0,00
0,10%

0,00

Horas extras Normales

0,00
4,70%

0,00

Horas extras de FMayor


2,00%

0,00

TOTAL APORTACIONES




0,00









2. Irpf

600,00

5,00%

30,00

3. Anticipos







4. Valor de los productos recibidos en especie




5. Otras deducciones








B. TOTAL A DEDUCIR


30,00



LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B)


570,00


Firma y sello de la empresa
Fecha

Recibi
DETERMINACION DE LAS BASES DE COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL E IRPF
1. Base de cotización por contingencias comunes




Remuneración mensual






Prorrata pagas extras







TOTAL


0,00

0,00
2. Base de cotización por contingencias profesionales y recaudación conjunta

0,00
3. Base de cotización por horas extras normales



0,00
4. Base de cotización por horas extras fuerza mayor




5. Base sujeta a retención del Irpf




600,00

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